miércoles, 22 julio, 2026
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Tribunales de Santa Fe: tercer condenado por extorsión a empresario quedó en libertad

El tercer implicado en una tentativa de extorsión contra un empresario santafesino fue condenado a tres años de prisión efectiva y liberado por el tiempo cumplido en prisión preventiva. Resta definir la situación del supuesto ideólogo uruguayo.

El juez Sergio Carraro admitió este martes un nuevo juicio abreviado en la causa por tentativa de extorsión contra un empresario santafesino. José Luis Ríos, de 40 años y domiciliado en Puerto Madryn, reconoció su responsabilidad como coautor del delito de extorsión y fue condenado a tres años de prisión de cumplimiento efectivo. Debido al tiempo que llevaba detenido con prisión preventiva, el magistrado ordenó su inmediata libertad.

El acuerdo fue alcanzado entre la fiscal María Laura Urquiza, del Ministerio Público de la Acusación, y la defensa particular del imputado, ejercida por el abogado Néstor Darío Pereyra. Durante la audiencia, la fiscal solicitó la imposición de la pena convenida, mientras que el defensor requirió el cese de la prisión preventiva en virtud del tiempo ya cumplido. Carraro admitió el procedimiento abreviado y dispuso la libertad de Ríos.

Según la atribución delictiva, la maniobra se desarrolló entre el 1 y el 10 de octubre de 2025 y tuvo como objetivo obligar a un empresario santafesino con vínculos comerciales con Uruguay a entregar 100.000 dólares mediante amenazas dirigidas contra él y su entorno familiar.

La investigación indicó que el uruguayo Walter Antonio Roel de Armas y el santafesino Rodolfo Eduardo Liendo aportaron información personal y reservada de la víctima, incluyendo números telefónicos, domicilio, identidad de su pareja y de su hijo de cuatro años, el establecimiento educativo del menor y el lugar de trabajo de la mujer. La fiscalía sostuvo que ambos impartieron instrucciones para ejecutar las intimidaciones, presentando el reclamo como el cobro de una supuesta deuda.

Ríos y Guillermo Sebastián Pucheta ejecutaron la fase intimidatoria. Durante varios días enviaron mensajes y audios por WhatsApp con exigencias de pago y amenazas, incluyendo referencias al hijo de la víctima y al lugar de trabajo de su pareja. Entre otras expresiones, amenazaron con “levantar al guacho” del colegio y atacar a tiros la joyería donde trabajaba la mujer. El 9 de octubre de 2025 ambos concurrieron a locales comerciales vinculados a la familia del denunciante, lo que para la fiscalía buscó demostrar el control sobre los movimientos de las víctimas.

La condena se sustentó en la denuncia del empresario, entrevistas testimoniales, audios, mensajes, intervenciones telefónicas, registros de cámaras de videovigilancia públicas y privadas, allanamientos y requisas domiciliarias. Urquiza sostuvo que se trató de “un hecho de significativa gravedad institucional y social”, ejecutado con planificación previa y distribución de funciones.

Con esta sentencia, ya son tres los imputados que reconocieron su responsabilidad mediante juicios abreviados. Anteriormente habían sido condenados Guillermo Sebastián Pucheta y Rodolfo Eduardo Liendo. Resta definir la situación procesal de Walter Antonio Roel de Armas, señalado por la fiscalía como el presunto ideólogo de la maniobra.

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