La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica dispuso la prohibición del uso, la comercialización y la distribución en todo el país de productos domisanitarios sin datos de lote, fecha de elaboración, vencimiento ni dosis de uso, con un segundo rótulo de la marca Clean On.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) dispuso este lunes la prohibición del uso, la comercialización y la distribución en todo el país de determinados productos desinfectantes. La medida fue oficializada en el Boletín Oficial mediante la Disposición 5730/2026.
Según el texto oficial, se prohíbe «el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de los productos domisanitarios, sin datos de lote, fecha de elaboración, vencimiento ni dosis de uso, y con un segundo rótulo de la marca ‘Clean On’ y gráficas de microorganismos».
El informe indica que «el producto desinfectante de superficies de marca Clean On, habría sido elaborado y comercializado sin datos de lote ni vencimiento por una firma que no es la titular ante Anmat, por lo que correspondería a un producto ilegítimo».
Asimismo, señala que «a fin de proteger a eventuales usuarios del producto involucrado, toda vez que se trata de productos domisanitarios no inscriptos ante esta ANMAT, del que se desconocen las condiciones de manufactura y formulación, no pudiendo garantizarse la calidad, seguridad y eficacia de tales productos es que se toman medidas precautorias».
La disposición establece: «Comuníquese a las autoridades sanitarias provinciales, a la del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Autoridad Sanitaria Jurisdiccional, a la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud, a la prohibición dispuesta a la Dirección de Gestión de Información Técnica a sus efectos, a la Dirección Nacional de Gestión y Control Normativo de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía. Cumplido, dése a la Coordinación de Sumarios a sus efectos».
