miércoles, 16 septiembre, 2026
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Condena a 16 años de prisión por la tragedia en la costanera de Rosario

El conductor Agustín López Gagliasso recibió este martes una pena de 16 años de prisión por la muerte de Tania Gandolfi y su hija Agustina García, atropelladas en la costa central. Es la condena más alta en la provincia de Santa Fe por un siniestro vial y la segunda a nivel país.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Rosario, integrado por las juezas Silvana Lamas González, Valeria Pedrana y Paula Álvarez, condenó este martes a 16 años de prisión a Agustín López Gagliasso por el homicidio de Tania Gandolfi, de 40 años, y su hija Agustina García, de 16, ocurrido el 1 de enero de 2024 en la costanera central de Rosario.

Las víctimas, oriundas de Córdoba, caminaban por la zona de Presidente Roca cuando fueron embestidas por el Peugeot 206 que conducía López Gagliasso, quien salió del túnel y derrapó a 120,7 kilómetros por hora mientras perseguía a un motociclista, según se consignó en el juicio.

El fallo aplicó el encuadre de homicidio simple con dolo eventual, previsto en el artículo 79 del Código Penal, tal como solicitaron la fiscalía y el abogado querellante que representó al padre y esposo de las víctimas. La pena es la más alta dictada en la provincia de Santa Fe por un siniestro vial y la segunda en el país, detrás de la condena a 20 años por la llamada “Tragedia de Turbus” en Mendoza.

“Esta fue una creación doctrinaria y jurisprudencial que comenzó a aplicarse hace nueve años en la fiscalía regional de Rosario. No es lo mismo tener una distracción que circular a 120 kilómetros por hora en pleno centro, a una velocidad de autopista, representándose la posibilidad de matar a alguien”, declaró a La Capital la fiscal Valeria Piazza Iglesias tras el veredicto unánime.

Dos enfoques, penas distintas

El Código Penal argentino contempla en el artículo 84 bis penas de 3 a 6 años para quien provoque una muerte en una colisión con exceso de velocidad mayor a 30 kilómetros por hora sobre la permitida, entre otros supuestos. Estos casos se consideran homicidios culposos, cometidos por imprudencia o negligencia.

En el juicio por la muerte de las turistas cordobesas, la fiscalía y la querella sostuvieron que se trató de un homicidio con dolo eventual, figura que prevé de 8 a 25 años de prisión. El tribunal entendió que López Gagliasso se representó la posibilidad de causar una muerte al atravesar el túnel a más de 120 kilómetros por hora y continuó con su acción.

Punto de partida

El primer caso en Rosario con este encuadre fue el de Juan Carlos Schmitt, quien el 31 de marzo de 2016 chocó y mató al cadete Carlos Damián Orgaz, de 20 años, cuando conducía un Audi TT a más de 120 kilómetros por hora y en contramano por Río Negro y Campbell, en barrio Belgrano. En 2017 recibió 5 años de prisión, pero la Cámara Penal elevó la pena a 9 años al considerar el hecho como homicidio con dolo eventual. El criterio fue luego respaldado por la Corte provincial.

“Antes de ese fallo había que debatir sobre la psiquis del autor para establecer si actuó con dolo eventual. A partir de Schmitt, es una cuestión que se determina por las circunstancias de tiempo, modo y lugar. Una persona que va a 120 kilómetros por hora en plena ciudad, una noche de verano llena de gente, ¿acaso no se va a representar que puede matar a alguien?”, consideró Piazza Iglesias, quien intervino en aquel juicio.

El precedente de Schmitt fue citado en la sentencia que en 2018 aplicó un tribunal mendocino al condenar al conductor chileno Francisco Javier Sanhuesa por la “Tragedia de Turbus”, ocurrida el 18 de febrero de 2017 cuando el micro que conducía volcó en la Curva del Hueso, en Horcones, ruta nacional 7, con un saldo de 19 fallecidos y 22 heridos. La condena fue a 20 años de prisión por homicidios con dolo eventual.

Los casos, uno por uno

“En Rosario es un criterio jurisprudencial instalado. A partir de Schmitt se empezaron a ver estos casos de otra forma”, dijo la fiscal. Luego se registraron otros tres precedentes:

  • En 2020, Gastón Dlugovitzky fue condenado a 8 años de prisión por el homicidio con dolo eventual de Fabián Cragnolino, empleado de la comuna de Ybarlucea, a quien chocó en 2019 cuando corría una picada en San Martín y Garibaldi. Embistió a más de 128 kilómetros por hora con su Ford Focus el utilitario en que iba la víctima.
  • En septiembre de 2021, Matías Ezequiel Erbayo fue condenado a 11 años de prisión por embestir y matar al policía Marcos Di Fazio en octubre de 2019, cuando intentó evadir un control vehicular y de alcoholemia en la costanera norte sobre avenida Colombres.
  • En 2023, Germán Schoeller fue condenado a 12 años de prisión por causar las muertes de David Pizorno, de 42 años, y su hijo Valentino, de 8, a quienes atropelló cuando corría una picada con su Renault Sandero a 124 kilómetros por hora en avenida del Rosario y Ayacucho. A su competidor, Pablo Mancini, quien iba en un Citroën C4, le rebajaron la pena a 8 años al considerarlo partícipe secundario.

La condena dictada este martes es la quinta en la ciudad que recepta ese encuadre.

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