El Ejecutivo municipal envió al Concejo un pedido de excepción a la normativa urbana para construir un edificio de 35 metros en Belgrano 548, donde la altura máxima permitida es de 14,5 metros. La iniciativa generó posturas encontradas entre vecinos, profesionales y organismos internacionales.
Un nuevo debate urbanístico atraviesa Rosario a raíz de un proyecto inmobiliario que busca construir un edificio de 35 metros de altura en una casona ubicada en Belgrano 548, a metros del Monumento a la Bandera. La normativa vigente (ordenanza 10838/25) establece un límite de 14,5 metros para esa zona, catalogada como área de protección histórica.
El Ejecutivo municipal envió al Concejo el pedido de excepción, lo que desató la polémica. Ilka Luetich, presidenta de la Vecinal Monumento a la Bandera, advirtió: “Si se permite la excepción en este lugar, qué pasaría en el resto de la ciudad”.
En lo que va del año, Rosario otorgó 357 permisos de edificación y recibió 11 pedidos de excepción. En 2025 fueron 652 permisos y 25 excepciones, lo que representa alrededor del 3% del total. En la zona del Monumento solo quedan dos casas en su estado original, una de ellas la de Belgrano al 500.
El proyecto garantiza la preservación de la fachada de la casona a cambio de habilitar la construcción horizontal detrás de la misma. La controversia trascendió los límites de la ciudad: Icomos Argentina, asociación asesora de la Unesco, envió una nota al Concejo en la que subraya la “alta significación histórica, simbólica, urbana y paisajística” del área.
El Colegio de Arquitectura y Urbanismo, Distrito 2 Rosario, se opuso enfáticamente. “Las ordenanzas recientemente aprobadas estuvieron argumentadas con el objetivo principal de ordenar los criterios urbanísticos y patrimoniales, precisamente para evitar la proliferación de excepciones”, señalaron.
Uno de los propietarios, Luciano Agüero, expuso en el Concejo las dificultades económicas para mantener la casona. Indicó que hace 15 años intentaron venderla, pero los compradores se echaron atrás por las restricciones de conservación. También mencionó que las inmobiliarias no pueden tasar la propiedad debido a la imposibilidad de intervenir su estructura.
El expediente 32080/2025 quedó en stand by a la espera de nuevas definiciones.
