El Tribunal Oral Federal Nº 2 de Rosario dará a conocer el veredicto en una causa que investiga la contaminación con agrotóxicos en Pergamino. La prueba científica ocupó un lugar central en el debate.
El juicio por las fumigaciones con agrotóxicos en Pergamino llegará a una instancia decisiva el 24 de junio, a las 10. Después de cuatro meses de audiencias, testimonios, pericias, inspecciones y alegatos, el Tribunal Oral Federal Nº 2 de Rosario dará a conocer el veredicto en una causa que ya ocupa un lugar central en la historia judicial ambiental argentina. No sólo porque sentó en el banquillo a productores, aplicadores, ingenieros agrónomos y funcionarios, sino porque puso bajo análisis penal una forma de producir que durante años convivió con barrios, escuelas rurales, pozos de agua y cuerpos expuestos.
El proceso, conocido por las organizaciones socioambientales como “juicio al veneno”, nació de la denuncia de vecinas que comenzaron a vincular enfermedades, olores persistentes, fumigaciones nocturnas y agua contaminada con la actividad agrícola desarrollada a pocos metros de sus casas. La causa reconstruyó una trama de hechos reiterados, controles ausentes y daños ambientales verificados en barrios como Villa Alicia, La Guarida y Luar Kayad.
El rol de la ciencia
La prueba científica ocupó un lugar central. Durante el debate se analizaron muestras de agua, suelos y material biológico que detectaron principios activos y metabolitos asociados al paquete químico utilizado en la producción agrícola: glifosato, Ampa, atrazina, 2,4-D, clorpirifos, imidacloprid y metolaclor, entre otros. Esos hallazgos fueron interpretados por especialistas que advirtieron sobre la persistencia ambiental de los compuestos, su capacidad de transporte y los vacíos de la normativa argentina para evaluar mezclas de sustancias y efectos combinados sobre la salud humana.
Uno de los puntos más fuertes fue la comparación entre los campos investigados y las viviendas cercanas. Para la querella, la coincidencia de moléculas halladas en suelos productivos y terrenos habitados permitió vincular la actividad desarrollada en esos predios con la contaminación denunciada por los vecinos. A esa línea se sumaron testimonios sobre aplicaciones sin receta fitosanitaria, en horarios irregulares y bajo condiciones climáticas incompatibles con una práctica segura.
Recorrida por Pergamino
La inspección ocular realizada por el tribunal en Pergamino fue otro momento decisivo. La recorrida permitió verificar en el territorio aquello que el expediente venía mostrando en papeles: la cercanía entre zonas fumigadas, viviendas, escuelas y puntos de extracción de muestras. En procesos de este tipo, la geografía no es un dato accesorio ya que distancias, vientos, pozos de agua y medianeras forman parte de la materialidad de lo investigado.
Los abogados Carlos González Quintana y Fernando Cabaleiro sostuvieron que el juicio acreditó contaminación ambiental, daño sanitario y responsabilidad penal de quienes tenían dominio sobre los hechos. Reclamaron penas de prisión efectiva y plantearon que el caso no puede leerse como un conflicto privado, sino como una afectación a bienes colectivos: el ambiente, la salud pública y el acceso a agua segura.
La acusación también insistió en mantener las medidas cautelares vigentes en Pergamino, que fijaron restricciones a las fumigaciones cerca de zonas urbanas y obligaron a garantizar agua potable segura. Para las víctimas, esas medidas no fueron un exceso, sino una forma mínima de tutela frente a un daño constatado. La discusión por las distancias de resguardo aparece ahora como uno de los puntos que puede proyectarse más allá del expediente penal.
Las víctimas de las fumigaciones
Los testimonios de Sabrina Ortiz y María Alejandra Bianco, querellantes y vecinas afectadas, fueron centrales para colocar la dimensión humana en el debate. Ambas relataron el recorrido que llevó de las primeras denuncias a una causa penal de alcance nacional: enfermedades en familias enteras, dificultades para obtener respuestas estatales, estudios que confirmaron contaminación y una convivencia cotidiana con la incertidumbre.
El aporte de la llamada “ciencia digna” fue decisivo para sostener esa lectura. Investigadores del sistema científico nacional, profesionales de la salud y especialistas independientes aportaron conocimientos sobre genotoxicidad, toxicología, química ambiental y epidemiología en poblaciones expuestas. La fuerza de esas intervenciones radicó en que dialogaron con los datos concretos del expediente: qué sustancias aparecieron, dónde fueron encontradas, qué persistencia tienen y qué efectos pueden provocar cuando la exposición se repite en el tiempo.
Cuánta evidencia es necesaria
Ese cuerpo probatorio fue presentado por la querella como una prueba irrefutable de contaminación, resultado de la convergencia entre pericias, estudios, testimonios y constataciones judiciales. La coincidencia entre la palabra de los vecinos, los informes técnicos y la observación directa del territorio le dio al juicio una densidad poco frecuente en causas ambientales. Más allá del resultado, el debate ya dejó instalada una pregunta incómoda: cuánta evidencia necesita el Estado para intervenir antes de que el daño sea irreversible.
La sentencia no sólo resolverá la situación penal de los imputados. También será leída como una señal sobre el alcance de la protección judicial frente a la contaminación con agrotóxicos. Si el tribunal considera probado el esquema denunciado, el fallo puede reforzar la idea de que las medidas de resguardo no deben depender de la voluntad política de turno ni de la presión económica del sector productivo.
El veredicto llega después de un proceso que ya produjo un efecto político y social: hizo visible la cadena de responsabilidades detrás de cada fumigación ilegal o riesgosa. Productores, aplicadores, agrónomos, controles municipales y omisiones estatales quedaron bajo la lupa de un debate oral que permitió ordenar pruebas dispersas y escuchar a quienes durante años cargaron con el peso de denunciar.
