domingo, 9 agosto, 2026
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Actualización: suben las multas en Santa Fe: cómo quedarán los nuevos montos de las infracciones más comunes

Desde este lunes 10 de agosto, el valor de la Unidad Fija (UF) que rige las multas en la ciudad de Santa Fe se actualiza a 2.092 pesos. Es el cuarto incremento del año.

A partir de este lunes 10 de agosto, las multas en la ciudad de Santa Fe serán más caras. El municipio capitalino actualizó el valor de la Unidad Fija (UF), parámetro utilizado para fijar el cuadro tarifario de todas las infracciones tipificadas en el Régimen de Infracciones y Penalidades (Ordenanza N° 7.882 y modificatorias).

En lo que va del año, se registraron cuatro actualizaciones de la UF. El 1° de febrero, el valor se fijó en 1.701 pesos; el 1° de abril, en 2.045 pesos (un incremento del 20,2% en dos meses); el 1° de junio, en 2.087 pesos; y desde el lunes 10 de agosto, el nuevo valor será de 2.092 pesos, según confirmaron fuentes municipales a El Litoral.

El incremento respecto de la actualización anterior es del 0,24%. El acumulado en lo que va de 2026 es del 23%.

La administración municipal, a cargo del intendente Juan Pablo Poletti, tiene la potestad otorgada por la ordenanza vigente N° 12.943 de actualizar la UF de forma bimestral. Dicha actualización depende de los incrementos en los combustibles, según lo establecido por el Concejo en 2024.

La normativa determina que los montos mínimos y máximos previstos para cada infracción sancionada con multa se calculan en UF, cuyo valor en pesos equivale a un litro de nafta súper valor surtidor de la empresa YPF del ACA de Santa Fe. El Ejecutivo Municipal tiene la obligación de publicar en su sitio web oficial el valor de la UF y sus actualizaciones en forma bimestral.

La mayoría de las contravenciones, a excepción de las consideradas “muy graves” (como correr “picadas” en la vía pública), se pueden abonar en forma voluntaria, con un descuento del 20% del valor impuesto, tanto en su mínima como en su máxima.

Multas graves

Las multas se determinan multiplicando la cantidad de UF asignada a cada contravención por el valor de una Unidad Fija. Se fija un valor de mínima y otro de máxima, y el Juez de Faltas determina el monto final entre ambos.

  • Por disputar carreras en la vía pública (“picadas”): de 2500 UF ($5.230.000) a 8000 UF ($16.736.000), e inhabilitación para conducir de uno a dos años.
  • Por circular a una velocidad que supere en 20 km/h hasta 40 km/h la máxima permitida: de 150 UF ($313.800) a 1500 UF ($3.138.000).
  • Por superar en más de 40 km/h la velocidad máxima permitida: de 220 UF ($460.240) a 2200 UF ($4.602.400).
  • Por conducir en estado de alteración psíquica, ebriedad, bajo acción de tóxicos, estupefacientes, narcolemia o alcoholemia positiva: de 190 UF ($397.480) a 2000 UF ($4.184.000) y/o inhabilitación de hasta 365 días.
  • Por manejar con telefonía móvil sin sistema de manos libres: de 50 UF ($104.600) a 500 UF ($1.046.000) y/o inhabilitación de hasta 60 días.
  • Por circular en moto sin casco protector normalizado (conductor o acompañante): de 50 UF ($104.600) a 500 UF ($1.046.000) y/o inhabilitación de hasta 60 días.

Multas intermedias

  • Por estacionar en dársenas del SEOM sin debida registración: 11 UF ($23.012).
  • Por estacionar en doble mano, mano prohibida, vereda, contramano, empujando vehículos, delante de garajes particulares o playas de estacionamiento: de 15 UF ($31.380) a 150 UF ($313.800).
  • Por lavar vehículos en la vía pública: de 20 UF ($41.840) a 200 UF ($418.400).

Multas de menor rango

  • Por no instalar recintos o depósitos para bolsas de residuos en edificios (cestos en altura): de 30 UF ($62.760) a 120 UF ($251.040).
  • Por no eliminar yuyos o malezas en vereda, tierra circundante a árboles o canteros con césped: de 15 UF ($31.380) a 150 UF ($313.800).
  • Por entregar bolsas plásticas para acarreo de mercaderías en locales de venta de productos alimenticios: de 80 UF ($167.360) a 800 UF ($1.673.600).

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