El Poder Ejecutivo Nacional reglamentó la Ley 27.828, que reduce el alcance del Régimen de Zona Fría a la Patagonia, Malargüe y la Puna. El fondo que sostiene las bonificaciones se conformará con un recargo del 7,5% sobre el consumo de gas natural de todos los usuarios del país.
El Poder Ejecutivo Nacional reglamentó la Ley 27.828, sancionada por el Congreso el 29 de septiembre, que modifica el Régimen de Zona Fría al excluir a la mayoría de sus beneficiarios. A través del decreto 1.266, se establece que solo la Patagonia, Malargüe y la Puna mantendrán las bonificaciones en el precio del gas natural.
El fondo fiduciario que sostiene esas ayudas se conformará con un recargo del 7,5% sobre cada metro cúbico consumido por la industria, el comercio y los hogares con gas natural por redes en todo el país. De esta manera, se confirma un subsidio cruzado entre usuarios, sin aportes del Estado Nacional.
La medida afecta a 3,35 millones de hogares que habían sido incorporados al régimen en 2021 y que perderán el beneficio. Las empresas distribuidoras ya no administrarán ni percibirán los fondos, pero deberán aplicar las bonificaciones en las facturas de los usuarios finales subsidiados y proporcionar la información necesaria para determinar y distribuir las compensaciones.
Durante la discusión parlamentaria, la ley obtuvo respaldos de legisladores de provincias del Noroeste y Noreste del país a cambio de un futuro compromiso para reducir sus consumos de energía eléctrica durante el verano. Ese compromiso no fue incluido en el decreto reglamentario, aunque el régimen tarifario permite que haya novedades durante noviembre.
En Santa Fe, salvo los diputados nacionales electos por La Libertad Avanza, ningún otro legislador de la provincia votó a favor de la norma que privó a Rosario y al sur provincial de los beneficios.
