Un tribunal de alzada revocó la suspensión dispuesta por un juez de primera instancia, permitiendo que la reforma laboral aprobada en febrero siga vigente mientras se resuelve el fondo del conflicto.
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó el jueves la decisión del juez Raúl Ojeda, quien en marzo había suspendido temporalmente la aplicación de más de 80 artículos de la reforma laboral aprobada por el Congreso a finales de febrero. Con esta medida, la iniciativa impulsada por el oficialismo y partidos aliados continúa vigente mientras el tribunal de alzada resuelve la disputa de fondo sobre la ley.
El presidente Javier Milei celebró el fallo en sus redes sociales: «No podrán detener el crecimiento que se viene para el País. VIVA LA LIBERTAD CARAJO…!!!», escribió en su cuenta de X. El Ministerio de Capital Humano también comunicó que la Cámara «revocó la decisión del juez Ojeda».
La reforma laboral, que busca modernizar el mercado laboral, atraer inversiones y disminuir el poder de los sindicatos y los costos laborales, había sido frenada por una medida cautelar solicitada por la Confederación General del Trabajo (CGT), que argumentó que la ley es inconstitucional por afectar derechos fundamentales como el derecho a huelga. Sin embargo, la Cámara otorgó «efecto suspensivo» a la apelación del gobierno.
Entre los aspectos más cuestionados por los sindicatos se encuentran el nuevo cálculo de las indemnizaciones, que excluye pagos adicionales como aguinaldo, vacaciones y horas extras, y la posibilidad de pagar las indemnizaciones en cuotas. También se destaca la creación del Fondo de Asistencia Laboral, financiado por los empleadores con una contribución de entre 1% y 3% sobre los salarios.
