El documento reúne fallos dictados entre 2020 y 2025, que incluyen condenas a perpetua y responsabilidades estatales.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación publicó el «Compendio de Jurisprudencia sobre Femicidios 2026», un documento que reúne 24 sentencias judiciales dictadas entre 2020 y 2025. Las sentencias fueron seleccionadas por la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema a partir de casos registrados en el Registro Nacional de Femicidios de la Justicia Argentina (2017-2024).
El compendio tiene como objetivo mostrar cómo los tribunales argentinos aplican la perspectiva de género y los estándares nacionales e internacionales en casos de femicidio. La mayoría de los casos concluyen con condenas por homicidio agravado por el vínculo y/o por haber sido cometido mediando violencia de género (artículo 80, incisos 1 y 11 del Código Penal), imponiéndose generalmente la pena de prisión perpetua.
En tres causas se analiza la responsabilidad civil del Estado y se condena a las provincias de Mendoza, Salta y Tucumán (y a un ex juez en este último caso) por no haber actuado antes del ataque. Un caso adicional es de carácter procesal, donde se revoca un sobreseimiento y se ordena continuar la investigación.
Las sentencias destacan la importancia del contexto de violencia de género. Los tribunales sostienen que el femicidio no se determina solo por la muerte de una mujer, sino por la existencia de un contexto previo de dominación, control, amenazas, violencia física o psicológica, celos, hostigamiento o relaciones desiguales de poder. También se hace hincapié en la valoración de la prueba: incluso sin testigos directos, las condenas pueden fundarse en pruebas indiciarias, antecedentes de violencia, denuncias previas, pericias y el comportamiento del agresor antes y después del hecho.
El compendio aplica la Convención de Belém do Pará, la CEDAW, la Ley 26.485 y la Ley Micaela, y subraya la obligación del Poder Judicial de investigar y juzgar estos hechos con perspectiva de género. Además, remarca que los jueces deben extremar recaudos para garantizar el acceso a la Justicia y evitar decisiones arbitrarias que impidan el esclarecimiento de los hechos.
Entre los fallos destacados, en 2020 un juzgado de Rosario consideró acreditado que el imputado provocó quemaduras en el cuerpo de su pareja, causándole la muerte. Los testimonios indicaron que el hecho ocurrió en un escenario de violencia y maltrato físico y psicológico, con control del acusado sobre la víctima.
En 2022, la Corte Suprema de Catamarca condenó a un acusado que decidió poner fin a la vida de la víctima porque ella no accedió a abortar, lo que —según el tribunal— reproducía estereotipos de masculinidad asociados al poder para controlar las vidas y cuerpos de las mujeres.
Ese mismo año, un fallo en Formosa utilizó el encuadre de femicidio al demostrarse una relación desigual de poder y antecedentes de violencia familiar desde 2015. El tribunal sostuvo que el Estado tiene la obligación de dar respuestas para evitar la impunidad, citando la Convención de Belém do Pará.
En Salta, en 2022, la Justicia dio curso al reclamo de los padres de una víctima de femicidio ocurrido en el interior de una unidad carcelaria donde el agresor estaba recluido. La Corte de Justicia de Salta estableció que la Ley 26.485 impone al Estado garantizar el principio de transversalidad y atender la vulnerabilidad de las víctimas en distintos espacios.
En 2023, la Cámara en lo Criminal y Correccional de Santa Cruz condenó a la ex pareja de la víctima, basándose en que el autor consideraba a la víctima como un objeto de su propiedad. Se citó el Modelo de Protocolo Latinoamericano de Investigación de Muertes Violentas de Mujeres por Razones de Género, señalando que muchos agresores deciden llevar a cabo el femicidio al comprobar que la mujer no va a regresar tras una separación.
En 2024, el Tribunal de Casación Penal de Buenos Aires consideró que la cantidad y gravedad de las lesiones presentadas por la víctima es un indicio asociado al femicidio. En 2025, un Tribunal de Córdoba con jurados definió un caso entre amigos de la facultad, donde la relación estaba atravesada por celos y violencia psicológica; se consideró irrelevante que existiera una relación interpersonal, bastando que el agresor se posicione en un binomio superior/inferior por género.
Finalmente, en 2025 en Tucumán, la Cámara de Apelaciones condenó a la Provincia de Tucumán y a un ex juez a resarcir los daños derivados del femicidio de una joven docente. El tribunal entendió que el Estado incurrió en falta de servicio al constar trece denuncias previas de la víctima, y que el ex juez actuó con culpa grave al demorar casi siete meses en dictar sentencia y no actualizar antecedentes penales.
