El Poder Ejecutivo Provincial promulgó la Ley 14.456 que modifica el Código de Faltas para sancionar con arresto o multa a quienes agredan verbal o físicamente al personal de salud animal en establecimientos públicos o privados.
El Poder Ejecutivo Provincial promulgó una ley que crea penas más severas para quienes «cometan agresiones verbales o físicas dentro de un establecimiento de salud animal público o privado, a una persona trabajadora de la salud animal, sea o no profesional de ciencias veterinarias».
Con la publicación de la Ley 14.456, quien cometa alguna de esas faltas «será reprimido con arresto de uno (1) a cinco (5) días o multa de uno (1) a veinte (20) Jus, siempre que el hecho no constituyera delito». La norma modifica el Código de Faltas de la Provincia de Santa Fe (Ley 10703), incorporando el artículo 115 Quater en el Libro III, Título VI «Contra la seguridad de integridad personal», Capítulo II «Contra la integridad personal».
El decreto de promulgación fue firmado por el gobernador Maximiliano Pullaro y secundado por el ministro de Gobierno e Innovación Pública, sin modificaciones respecto al texto aprobado por la Cámara de Diputados en noviembre de 2024 y luego por el Senado antes del receso invernal de la Legislatura.
La ley también ordena al Ejecutivo implementar campañas de sensibilización y concientización sobre esas conductas y sus daños.
El Colegio de Médicos Veterinarios de la Provincia de Santa Fe (1ra Circunscripción, con sede en Santa Fe capital) ha ofrecido asesoramiento legal para formular denuncias y procedimientos ante situaciones de difamación, calumnias, daños a la propiedad o agresiones en consultorios veterinarios.
En los fundamentos del proyecto, el diputado Germán Scavuzzo (UCR) indicó que la norma procura dar a los equipos de salud animal la misma protección que ya gozan los trabajadores de la salud, que con frecuencia enfrentan situaciones violentas similares. La iniciativa fue aprobada por unanimidad en ambas cámaras.
