La Cámara de Diputados de Santa Fe aprobó por unanimidad un proyecto que modifica la Ley N° 12818 para habilitar, en forma excepcional y sin contraprestación, que los médicos jubilados prescriban medicamentos a su núcleo familiar directo. La iniciativa fue girada al Senado.
La Cámara de Diputados de Santa Fe dio media sanción a un proyecto de ley que incorpora el artículo 74 bis a la Ley N° 12818, que crea la Caja de Previsión para los Profesionales del Arte de Curar. La iniciativa, presentada por el diputado socialista Antonio Bonfatti, fue aprobada por unanimidad y girada al Senado para su revisión.
El texto aprobado establece que los médicos jubilados podrán obtener una habilitación excepcional, personal y restringida para prescribir medicamentos, sin contraprestación económica, a su cónyuge o conviviente y a sus ascendientes y descendientes hasta el segundo grado de consanguinidad. La habilitación no alterará la condición de jubilado del profesional.
Según explicó Bonfatti, actualmente el sistema previsional exige a los médicos el cese de la actividad profesional al acceder a la jubilación, lo que implica la pérdida automática de la potestad legal para firmar recetarios. El objetivo es permitir que los profesionales en pasividad puedan prescribir medicamentos de forma gratuita, excepcional y estrictamente restringida a su núcleo familiar directo.
El proyecto contempla que el otorgamiento, registración y control de la habilitación esté a cargo de los colegios profesionales médicos de cada circunscripción, en coordinación con la Caja de Seguridad Social para los Profesionales del Arte de Curar de la Provincia de Santa Fe. El profesional deberá declarar el listado de personas alcanzadas por la habilitación, con indicación de sus datos personales y vínculo, el cual podrá ser actualizado conforme lo determine la reglamentación.
Bonfatti señaló que la iniciativa cuenta con el aval de la Caja de Seguridad Social para los Profesionales del Arte de Curar y de los colegios médicos santafesinos.
