El Servicio Penitenciario Federal extenderá a la población femenina el Sistema de Gestión Penitenciaria para Personas de Alto Riesgo (SIGPPLAR), que ya se aplica a internos varones desde 2024. La resolución establece capacitación en perspectiva de género y protocolos complementarios en un plazo de 60 días.
El Servicio Penitenciario Federal (SPF) implementará el Sistema de Gestión Penitenciaria para Personas de Alto Riesgo (SIGPPLAR) para internas mujeres, según lo dispuesto por la resolución de la cartera que conduce Alejandra Monteoliva. El sistema fue aprobado e implementado en 2024 para internos varones.
Uno de los objetivos del SIGPPLAR es implementar estrategias institucionales destinadas a enfrentar, disuadir, desarticular y neutralizar el accionar de miembros de organizaciones criminales nacionales y transnacionales, grupos organizados u organizaciones complejas alojados en el SPF mediante «adecuados procesos de evaluación, clasificación y separación».
La resolución consideró que el sistema tuvo impactos positivos en materia de seguridad pública y administración penitenciaria y demostró la utilidad de los mecanismos especializados de evaluación, clasificación, separación y gestión penitenciaria para limitar la continuidad operativa de organizaciones criminales desde el interior de los establecimientos.
Indicó además que su puesta en funcionamiento favoreció el cumplimiento de los objetivos del «Plan Bandera» en la ciudad de Rosario; del «Plan Güemes» en el norte del país; del «Plan Paraná» en la Hidrovía Paraná-Paraguay y del «Plan Andrés Guacurarí» en Misiones.
Asimismo, puntualizó que se logró incorporar al SIGPPLAR a 78 miembros de distintas organizaciones criminales con actividades en las provincias de Santa Fe, Salta, Jujuy, Córdoba y Corrientes.
Razonó que la creciente complejidad de los perfiles criminológicos vinculados a mujeres integrantes de organizaciones criminales «exige la adopción de mecanismos específicos de evaluación, clasificación y gestión penitenciaria, orientados a prevenir la continuidad operativa de dichas estructuras delictivas desde el ámbito carcelario y a gestionar adecuadamente los riesgos institucionales y de seguridad pública asociados».
Seguridad consignó que diversos estudios especializados advirtieron sobre una «creciente participación de mujeres en funciones ejecutivas y de conducción», particularmente a partir de la detención de sus contrapartes masculinas y del incremento de controles penitenciarios, una circunstancia que favoreció la «asunción de roles vinculados a la transmisión de órdenes, coordinación logística y continuidad operativa de dichas estructuras delictivas».
Citó el documento «The Missing Piece of the Puzzle», elaborado en 2024 y publicado por la Global Initiative Against Transnational Organized Crime, que destacó que mujeres vinculadas a organizaciones criminales pueden asumir funciones de enlace, mensajería, coordinación y continuidad operativa de las estructuras delictivas, incluso desde contextos de privación de libertad o mediante esquemas de vinculación familiar.
A su vez, sobre el documento «Understanding the Role of Women in Organized Crime», publicado por la Organization for Security and Co-operation in Europe (OSCE) en 2023, señaló que reveló que «las mujeres pueden asumir roles multifacéticos dentro de organizaciones criminales, incluyendo funciones de administración financiera, logística, transmisión de mensajes, coordinación de actividades ilícitas y gestión operativa de recursos y personas».
El sistema de gestión para la población carcelaria femenina contempla mecanismos especializados de clasificación, seguridad y gestión penitenciaria adecuados al perfil de riesgo del segmento que alcanza.
Se prevé que para implementarlo se incorporen adecuaciones específicas vinculadas a infraestructura, tratamiento, salud integral, vinculación familiar, condiciones de alojamiento y capacitación del personal penitenciario.
A su vez, determina que el personal deberá recibir capacitación específica en perspectiva de género y abordaje de población penal femenina de alto riesgo. En el plazo de 60 días, el SPF deberá elaborar los protocolos complementarios de funcionamiento, así como los manuales específicos previstos.
Fuente: Comercio y Justicia
